
PROTECTION PRO CHILE SPA 77.008.844-5
1- COMPROMISO CON LA INTEGRIDAD Y LOS PRINCIPIOS ÉTICOS
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Todos quienes trabajan con nosotros, ya sea directamente, como contratistas o proveedores, deben conocer y cumplir con las siguientes reglas, las cuales se incorporan en el presente documento:
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A- El respeto a los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, respeta los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
B- Nos obligamos a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con ofertas, con procesos de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el procesos licitatorios, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
C- Nos obligamos a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
D- Nos obligamos a revisar y verificar toda la información y documentación, que se deba presentar en los diferentes procesos licitatorios, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
E- Nos obligamos a ajustar nuestro actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en los procesos licitatorios.
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F- Manifestamos, garantizar y aceptar que conocemos y respetamos las reglas y condiciones establecidas en bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
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G- Reconocemos y declaramos que la oferta presentada en los procesos licitatorios son una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
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H- Nos obligamos a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de los procesos de licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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I- Observamos, durante toda la época de ejecución de contratos, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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J- Toda forma de soborno, pago de facilitación y corrupción, está terminantemente prohibida, ya sea a funcionarios públicos o en el sector privado. La gran mayoría de los países poseen normativas que prohíben el soborno y cohecho, inclusive en forma extraterritorial. Las infracciones a estas leyes no solo pueden generar graves multas para la compañía, sino que también sanciones personales para individuos vinculados a la compañía, como los son directores, ejecutivos, trabajadores u otros. Siempre debe conocer al tercero con el cual está haciendo algún negocio o transacción. No practicaremos, toleraremos o apoyaremos ninguna forma de corrupción o conducta de negocios impropia. Esto incluye no ofrecer, dar, prometer, aceptar o solicitar algo de valor ni favores indebidos, por ejemplo dentro de procesos de contratación para favorecer a un contratante producto de este pago consentido, ofrecido, prometido, dado, aceptado o entregado.
K- Ninguna persona podrá abusar de su posición dentro de la organización para recibir o entregar un beneficio indebido. Bajo ningún supuesto está permitido otorgar regalos, hospitalidades o beneficios, directa o indirectamente, a cualquier funcionario público.
​NORMATIVA RESPONSABILIDAD PENAL
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Las empresas son perseguibles por el Ministerio Público, y condenables por los Tribunales Penales. Los delitos que pueden significar responsabilidad penal de las personas jurídicas son aquellos contemplados en el artículo 1° la Ley 20.393, a saber: Lavado de activos; Financiamiento del terrorismo; Cohecho de funcionario público nacional o extranjero; Receptación; Negociación incompatible; Administración desleal; Corrupción entre privados (soborno); Apropiación indebida; Daño a recursos hidrobiológicos existentes en mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua, como consecuencia de la contaminación de éstos. Aprovechamiento de recursos hidrobiológicos en veda. Extracción y explotación ilegal de recursos bentónicos; Procesamiento, elaboración o almacenamiento ilegal de recursos hidrobiológicos sobrexplotados o productos derivados de ellos; Inobservancia de medidas decretadas por autoridad sanitaria; Delitos establecidos en la Ley de Control de Armas; Tráfico de personas, y: Delitos Informáticos.
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Nosotros
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MECANISMOS SEGUIMIENTO, CONTROL Y DENUNCIAS.
Estaremos activamente buscando identificar aquellas situaciones en las que nuestra compañía, o aquellos que trabajan en ella, se vean expuestos en la participación de la comisión de un delito. Promoveremos la capacitación y las instancias de educación que nos ayuden a fortalecer nuestro rol preventivo. Esto
lo realizaremos mediante capacitaciones anuales, y ante modificaciones legales.
Cuando nos encontremos en una situación real o potencialmente peligrosa, inmediatamente informaremos al Encargado de Prevención de Delitos/Oficial de Cumplimiento, ya sea de manera directa o a través del Canal de Integridad que nuestra compañía ha establecido y se tomaran las medidas necesarias para resguardar el estricto cumplimiento del presente documento, mediante la presentación de antecedentes ante las autoridades competentes cuando así se requiera.
La compañía ofrece la existencia de canales de denuncias o consultas disponible para todos sus colaboradores, proveedores, socios comerciales, clientes y terceras personas interesadas para que puedan efectuar denuncias, consultas, sugerencias, posibles infracciones al Pacto de Integridad, políticas, procedimientos y/o normativas aplicables. Los medios dispuestos son:
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Canal de Integridad, al cual se accede por la web corporativa https://www.protectionmobile.cl
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Correo habilitado para denuncia directa a la siguiente casilla: @protectionmobile.cl
JORGE PATRICIO CASTILLO GUARDA
Gerente General
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